¿Es ilegal que una cámara de seguridad grabe el audio de lo que sucede en la escena? Esta pregunta se la hacen a menudo tanto los empresarios que tienen su negocio videovigilado como los empleados que se encuentran en el lugar.

Está claro que la seguridad es algo muy importante, pero, ¿a qué precio? ¿Es necesario grabar conversaciones ajenas?

Si tienes una empresa, vives en una comunidad de vecinos o te estás planteando instalar cámaras de seguridad con audio en tu domicilio particular primero consulta. Infórmate antes de qué dice la ley respecto a captar el sonido a través de estos dispositivos.

Lo cierto es que la normativa es clara, pero solo hasta cierto punto, y hay ciertas situaciones que quedan sujetas a interpretación.

Qué dice la Ley de protección de datos al respecto

En el caso de la grabación de imágenes, la ley contempla la instalación de cámaras de seguridad con determinadas limitaciones. Dentro de un espacio de trabajo, se podrán colocar cámaras siempre que se advierta de su presencia, y con la finalizad de garantizar la protección.

Por ejemplo, en una tienda, las cámaras son un elemento de seguridad para evitar posibles robos. En caso de una vivienda particular, el propietario que decida instalar cámaras debe tener claro es que no podrán captar lo que sucede en la calle. Grabar a individuos en la vía pública no es legal.

Para estos casos, existe una excepción. Si para controlar el acceso a la zona privada es estrictamente necesario captar imágenes de la vía pública, o bien es inevitable grabarlas por el ángulo de la cámara, la colocación del dispositivo sigue siendo totalmente legal.

CÁMAR AGRABA ENTRADA A PARKING

El audio, por otra parte, es algo más delicado. A priori, según la ley, las grabaciones de sonido de conversaciones privadas están terminante prohibidas. Se consideran una invasión a la intimidad del individuo.

En primera instancia, sea en el lugar de trabajo, en una comunidad de vecinos, o grabando a un tercero en tu propio domicilio, es ilegal captar una conversación privada. Sin embargo, existe un pequeño cruce con lo que dice el Estatuto de los trabajadores al respecto.

Cámara de seguridad con audio en la oficina

Si instalas cámaras en un negocio debe ser, o bien por seguridad, o bien por la vigilancia de los trabajadores (generalmente, ambas). Espacios de trabajo como baños o vestuarios quedan excluidos de la posibilidad de videovigilancia por respeto a la intimidad.

Por otra parte, cabe destacar que el Estatuto de los Trabajadores sí ampara la videovigilancia como medida de control laboral, sin especificar que la grabación de audio esté totalmente prohibida.

No obstante, para instalar cámaras con audio en el lugar de trabajo deben cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Los trabajadores deben estar en todo caso informados de la presencia de cámaras de seguridad con audio.
  2. La integridad moral y el derecho a la intimidad de los empleados debe respetarse sin excepciones.
  3. El objetivo de la instalación de dichas cámaras y la manera de tratar los datos personales captados deben responder a un principio de proporcionalidad.
  4. El uso de cámaras con audio solo se admite en caso de que no haya una posibilidad menos invasiva de garantizar la seguridad o ejercer un control laboral.

La proporcionalidad puede llegar a considerarse algo relativo, pero en estos casos conviene aplicar el sentido común. Por ejemplo, si tu intención es vigilar que un empleado realice de forma correcta y diligente sus funciones, no parece razonable grabar una conversación privada.

Por otra parte, si crees que pueden estar cometiendo alguna actividad delictiva dentro del espacio de trabajo, quizás sí se considere una medida proporcional instalar cámaras de seguridad con audio.

En última instancia, debes saber que es un juez el que decide si las grabaciones realizadas se admiten en caso de interponer una denuncia y celebrarse un juicio. Por tu parte, para realizar este tipo de grabaciones de audio debes respetar los cuatro puntos anteriormente mencionados.

Desde aquí, recomendamos que, si te planteas esta posibilidad, consultes con un profesional acerca del principio de proporcionalidad que debe cumplirse, para asegurarte de no estar traspasando los límites legales a la hora de grabar sonidos.

Cámara de seguridad con audio en comunidades de vecinos

Algo distinto sucede en las urbanizaciones donde residen varios vecinos y quieren instalarse cámaras de seguridad con audio. ¿Son legales en este caso? Remitiéndonos de nuevo a la ley de protección de datos, esta indica que:

“No se podrán utilizar videocámaras para tomar imágenes ni sonidos del interior de las viviendas, ni de sus vestíbulos, salvo consentimiento del titular o autorización judicial, ni en lugares públicos, abiertos o cerrados, cuando se afecte de forma directa y grave a la intimidad de las personas, así como tampoco para grabar conversaciones de naturaleza estrictamente privada”.

¿Qué sucede entonces si se plantea la instalación de cámaras con audio? Para empezar, esta debe ser aprobada en junta. Si las cámaras ya están instaladas, y se vota simplemente ampliar la vigilancia, bastará con una mayoría simple.

Con respecto a los audios, para que se graben debe respetarse, al igual que en el trabajo, el principio de proporcionalidad. No obstante, los archivos de sonido de conversaciones de terceros que hayan sido grabadas sin su consentimiento no tendrán ningún tipo de validez.

Si, además, la persona o personas grabadas no han sido informadas previamente de la presencia de este tipo de cámaras, podrían tomar acciones legales por haberse vulnerado su derecho a la intimidad, así como el secreto de comunicaciones.

En caso de existir una autorización judicial para instalar cámaras con sonido, el responsable del tratamiento de estos datos deberá ser la autoridad competente.

Cámara de seguridad con audio en casa

Si a nivel particular quiere instalar cámaras con audio en tu casa, ante todo debemos destacar que tu residencia es una zona privada, por lo que puedes hacerlo. La toma de estas imágenes no se considera objeto de la ley de protección de datos.

Cámara vigilancia dentro de casa

Ahora bien, ¿qué sucede si nuestras cámaras captan a terceros? Fundamentalmente, estos deben ser informados de que se les está grabando. Piensa, por ejemplo, en la función de un videoportero inteligente.

Estos dispositivos graban la imagen y el audio, con la finalidad de verificar la identidad de la persona que accede a tu domicilio. Esto es perfectamente legal, ya que se trata de una medida proporcional que en ningún caso graba conversaciones privadas ni vulnera la intimidad.

Conclusión sobre las cámaras de seguridad con audio

La captación de audio de conversaciones privadas es ilegal salvo que exista una razón proporcional para ello, o una orden judicial expresa (en cuyo caso deberá ser una autoridad competente la responsable de los datos grabados).

En todo caso, la persona deberá estar debidamente informada de la presencia de cámaras de seguridad con audio, y no podrá vulnerarse su derecho a la intimidad. Las grabaciones de esta índole no autorizadas, no tendrán ninguna validez en juicio.

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