Tranquilo, no eres el único preocupado por la seguridad. En España se estima que hay más de un millón de alarmas instaladas, y se prevé que en los próximos años la cifra no deje de crecer. Es normal, la vivienda es nuestro mayor bien y querer protegerlo es un sentimiento natural y lógico.

Ahora bien, para acertar a la hora de instalar una alarma en casa no basta con querer hacerlo. En el mercado hay un montón de alternativas de todos los precios, tecnologías y colores. Saber cuál y cómo es la que más nos interesa resulta fundamental de cara a la seguridad.

Y ya no solo eso; una vez tenemos la alarma en casa, deberíamos saber manejar unos conocimientos mínimos sobre su funcionamiento para sacarle el máximo partido. Al fin y al cabo, nuestro éxito dependen de cómo actuemos en una situación de emergencia.

Por eso en este artículo queremos lanzar algunas preguntas generales que probablemente te van a ir surgiendo antes o después de la instalación de la alarma en casa. Recuerda que tener dudas es sano y hasta recomendable; no hay que dejar nada al azar y menos la seguridad.

¿Cuánto tiempo se guardan las grabaciones de las cámaras de seguridad?

La videovigilancia en la vivienda ha hecho su trabajo y ahora te toca a ti saber gestionar las grabaciones de la cámara de seguridad. ¿Cuánto tiempo tengo de margen para actuar y tomar medidas legales?

De acuerdo con el artículo 22.3 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (la conocida como LOPDGDD), “los datos serán suprimidos en el plazo máximo de un mes desde su captación”.

Es decir, que tienes 30 días para manejar la grabación antes de perderla. En reglamentos anteriores se hablaba de "plazo de cancelación" pero ahora se hace mención expresa a la supresión de los archivos.

Dentro de ese periodo, si las imágenes acreditan "la comisión de actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones”, tendrás la obligación de comunicar la existencia del material en un plazo máximo de 72 horas desde su captación (para posterior entrega a las autoridades).

¿Cómo ver las grabaciones de la cámara de seguridad?

Vale, el sensor de movimiento de la alarma ha saltado activando la cámara de seguridad. ¿Dónde puedo consultar la grabación? Como ya imaginarás, la cosa varía mucho dependiendo del tipo de sistema de videovigilancia.

Vamos a suponer que tienes una cámara IP como la que incluyen HomeGO, y que dispones de una app asociada que te descargaste en el momento de la contratación. La mencionada cámara enviará las imágenes mediante wifi a un videograbador en red o NVR.

Desde ese almacenamiento entonces se enviarán o a la central correspondiente y/o al teléfono móvil del cliente. Es decir, el tuyo. Podrás acceder a las grabaciones dentro del plazo legal permitido, y hacer lo que quieras: monitorizar, grabar, administrar secuencias.

Huelga decir que las cámaras IP disponen de una tarjeta micro SD en la que van guardando todas esas toneladas de horas de videovigilancia.

¿Cómo afecta a mi privacidad tener una cámara de vigilancia?

Hasta hace no muchos años el tema de la videovigilancia era una auténtica jungla; se grababa de forma indiscriminada y después se seguían más bien poco protocolos para el tratamiento de esa información. Hoy todo es distinto gracias a la famosa Ley de Protección de Datos.

¿Cómo te afecta a la hora de poner una cámara de seguridad en casa? Primero hay que aclarar que solo puedes grabar el interior de tu vivienda, y jardín o portillo de tenerlo en disposición unifamiliar. Si quieres capturar zonas comunes de un edificio necesitarás permiso expreso de la comunidad de vecinos.

Dicho esto, la normativa no prohíbe capturar tu casa, pero sí incluir en ellas a personas. Obviamente, lo de instalar la alarma ha sido precisamente para pillar a los ladrones con las manos en la masa. Por lo que deberás cumplir una serie de requisitos:

  • Inscribirte en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española (AEPD). Puedes acceder a través de [este enlace].
  • Señalizar con un cartel homologado la existencia de la videovigilancia en casa. Cuidado, porque no sirve cualquier tipo de elemento visual.
  • Bloquear con usuario y contraseña el acceso a la grabación por parte del titular responsable. Aplicable para servicios que funcionan a través de Internet.
  • Como ya hemos dicho en anteriores apartados, conservar las imágenes durante al menos un mes desde su captura.

¿Cómo contacto con la alarma en caso de emergencia?

En el mercado hay dos tipos de alarmas; las que tienen cuotas y las que no. O mejor dicho: las alarmas conectadas a CRA y las convencionales. Recordamos que las primeras se comunican de forma instantánea con un hub de profesionales en caso de emergencia.

Esa respuesta es automática y está contemplada en el protocolo del sistema. De hecho, si abonas una mensualidad es porque también estás costeando el mantenimiento de este personal que vela por tu seguridad las 24 horas del día.

La alarma conectada a central, además de avisar a la CRA, también mandará una señal de alerta a tu móvil. Pero ¿qué pasa si tu alarma no es así? La has comprado por Amazon y no sabes bien cómo contactar con ella en caso de urgencia.

Pues bien, la normativa indica que aunque sea un dispositivo sin conexión a CRA, el fabricante está obligado a disponer de una vía de comunicación con el usuario. Puede ser a través de SMS, de una app, de llamada telefónica o incluso correo electrónico. Da igual.

El tema es que la tenga. Esta obligación se expresa así para que en caso de saltar, la alarma no se quede sonando encendida de forma ininterrumpida. Por lo tanto, si vas a comprarte un dispositivo sin cuotas, asegúrate primero de que cuenta con la tecnología adecuada.

Hay otras muchas dudas habituales que surgen a la hora de instalar una alarma en casa, pero con esta información ya puedes empezar a prepararte.

¿No sabes cuál elegir? Te lo ponemos bien fácil.

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