La posibilidad de que un extraño intente entrar a robar en nuestro domicilio, preocupa a muchas personas, que acaban optando por instalar una alarma de seguridad.

Dado que existe una gran diversidad de opciones en lo que se refiere al tipo de alarma para casa, el precio, el nivel de protección, etc., podemos decir que se trata de la solución ideal para todos.

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Sin embargo, surgen muchas dudas a la hora de realizar el trámite de instalación, especialmente para aquellos que viven de alquiler. Debido a que la vivienda en la que residen no es suya, muchos no saben si, efectivamente, tienen derecho a instalar una alarma de seguridad, o necesitan el permiso del propietario. Te lo explicamos a continuación.

Los límites del alquiler para instalar una alarma de seguridad

Vivir de alquiler, significa llegar a un acuerdo económico con el propietario de un inmueble. A través de este se le abonará la cantidad de dinero acordada a cambio del derecho a uso de la vivienda.

Como arrendadores, tenemos derecho a utilizar de forma exclusiva esa vivienda, lo que quiere decir que el propietario nos la cede por completo para residir en ella.

No obstante, hay ciertos límites cuando se vive de alquiler, que pueden afectar también a quien quiera instalar una alarma de seguridad. En muchos casos, los contratos de alquiler no permiten realizar ciertas modificaciones en la vivienda. Entre ellas está hacer agujeros en la pared, instalar cableado...

Esto quiere decir que en caso de querer instalar una alarma de seguridad sería necesario tener el permiso del propietario. De lo contrario podríamos estar incumpliendo el contrato y habría problemas.

El incumplimiento del contrato de alquiler, puede implicar la pérdida de la fianza, así como la decisión del dueño de rescindir el acuerdo. Por ello, antes de instalar una alarma de seguridad, es necesario informarse bien.

Instalar una alarma: ¿obligación del dueño o del inquilino?

Al alquilar una vivienda, puede darse el caso de que esta ya incorpore algún tipo de alarma de seguridad, aunque lo más probable es que no. En caso de que el inquilino quiera contar con este tipo de protección, puede hacerlo (siempre que se respeten los límites del contrato), pero será su responsabilidad.

Es decir, el propietario no tiene ninguna obligación de proporcionar este tipo de servicio en la vivienda, de modo que, si vives de alquiler y quieres instalar una alarma, te corresponderá a ti correr con todos los gastos.

En el caso de mudarte a un piso de alquiler que tenga alarma de seguridad, si tiene contrato de mantenimiento, es importante modificar la titularidad. Lo mismo sucede con el resto de los gastos asociados a la vivienda.

De este modo, al igual que los suministros de agua, luz, gas, teléfono, etc., deben figurar a nombre del inquilino, ya que pasaría a ser el consumidor, un contrato vinculado a una alarma de seguridad también es conveniente cambiarlo.

Por otra parte, cabe la posibilidad de que el dueño, al alquilar su piso, quiera prescindir de este servicio. Así que , la decisión de si sigue con el contrato o no, depende de el nuevo.

Instalar alarma de seguridad estando de alquiler: ¿conviene?

Es una duda común de las personas que viven de alquiler. Muchos opinan que se trata de un gasto que no merece la pena, ya que estaríamos invirtiendo parte de nuestro dinero en la seguridad de una vivienda que no nos pertenece.

En un momento dado, si el inquilino abandona la vivienda, ¿habrá malgastado el dinero destinado a la alarma de seguridad?

La realidad es que la seguridad debería ser una de las cuestiones más importantes para cualquiera. Quizás falte conciencia sobre la necesidad de proteger nuestro hogar, dado que vivimos en un país seguro y no esperamos que nuestro hogar pueda estar en peligro.

Sin embargo, y por desgracia, nadie está libre de sufrir un intento de robo en su domicilio. Además, cuando instalamos una alarma de seguridad, no estamos protegiendo únicamente la vivienda, sino también nuestros objetos personales y nuestra propia integridad física.

robo casa

En este sentido, instalar una alarma de seguridad viviendo de alquiler nunca es una inversión perdida, ya que durante el tiempo que residamos en esa casa, nos aseguraremos de estar lo más protegidos posibles.

Ahora bien, lo que sí conviene valorar antes de tomar la decisión, sobre todo si vivimos de alquiler, es qué tipo de alarma nos merece la pena instalar.

¿Qué alarma de seguridad instalar cuando vives de alquiler?

¿Alarmas cableadas o alarmas sin cables? ¿Conectadas a una Central Receptora de Alarmas (CRA) o dispositivos sonoros? ¿Con o sin conexión a internet?

La variedad de alarmas es tan extensa como las necesidades de cada individuo. Existe una amplia gama de precios, tipos de dispositivo, conexiones y más, por lo que es importante atender a dos criterios a la hora de elegir cuál instalar si vives de alquiler.

Para empezar, dependerá de tus necesidades por el tipo de vivienda. En caso de vivir en un chalé independiente, puede ser conveniente que busques una alarma con sistema perimetral. Estos te advierten de la presencia de un intruso en los alrededores de la casa.

Por otra parte, si resides en un piso, puede valerte con un dispositivo más sencillo porque es más dificil que accedan directamente al hogar.

ladrón entrando piso

Otro de los criterios que debes seguir, es el de las limitaciones que tenga el contrato de alquiler. Recuerda que, si no te permiten hacer agujeros en la pared, no podrás instalar determinados dispositivos que requieran de un sistema de cableado.

En este sentido, las alarmas inalámbricas son una de las mejores opciones, ya que no alterarás la vivienda de ninguna forma.

Además de esto, se trata de dispositivos portátiles, por lo que el día que decidas mudarte, podrás llevarte la alarma contigo para aprovecharla en tu nuevo domicilio. De esta forma, no habrás perdido la inversión.

Por otro lado, muchos inquilinos creen que la mejor opción es instalar una alarma sin cuotas, es decir, que no suponen un gasto mensual para el contratante. Su seguridad es inferior, ya que no están conectadas con la policía y no tienen servicio técnico, pero pueden ser suficiente si la vivienda goza ya de otro tipo de seguridad.

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